Caso conscriptos: Juzgado autorizó exhumación del cuerpo de Franco Vargas para segunda autopsia
El procedimiento cuenta con la autorización de la madre de la víctima, Romy Vargas. Según detalló el Ministerio Público, la nueva autopsia se llevará a cabo "bajo el Protocolo de Minessota".
Jueves 11 de julio de 2024 | 10:39
El Juzgado de Garantía accedíó este jueves a la petición de la Fiscalía de Arica y autorizó la exhumación del cuerpo de Franco Vargas, en el marco del denominado Caso Conscriptos
El procedimiento cuenta con la autorización de la madre de la víctima, Romy Vargas.
Según detalló el Ministerio Público, ahora se coordinará una segunda autopsia que se llevará a cabo "bajo el Protocolo de Minessota".
Antecedentes del caso
A fines de junio, la Fiscalía Regional de Arica la muerte detalló que la muerte del conscripto Franco Vargas y las graves lesiones de otros soldados, se vinculan a torturas en durante una marcha militar en Putre y también en días previos.
"Lo que denuncian ellos es apremios ilegítimos con resultado de muerte, en el caso de Franco, pero que habrían venido no solamente a partir del día 27 en la marcha, sino que en los días anteriores también", dijo el fiscal Mario Carrera a Cooperativa.
Carrera detalló que el trabajo del Ministerio Público es determinar si existieron estos hechos constitutivos de delito en relación a los premios ilegítimos, y luego, si hay una relación de causalidad entre esos hechos y las graves lesiones de cuatro conscriptos y la muerte de Franco.
¿Qué es el Protocolo de Minnesota?
La segunda autopsia al cuerpo de Franco Vargas se efectuará bajo el Protocolo de Minnesota, incluido en el marco normativo y aplicación del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Según un documento de la Biblioteca del Congreso Nacional, este protocolo "tiene por finalidad proteger la el derecho a la vida, así como promover la justicia, la rendición de cuentas y el derecho a una reparación por medio de una investigación eficaz de cualquier muerte potencialmente ilícita o donde exista sospecha de desaparición forzada".
En ese sentido, esta regla aplica cuando la muerte "puede haber sido causada por actos u omisiones del Estado, de sus órganos o agentes, o puede ser atribuible al Estado, en violación de su obligación de respetar el derecho a la vida".
En este caso, los indagatorias apuntan a presuntos actos ilícitos por parte de miembros del Ejército.