¿Qué bono puedo recibir si estoy cesante en agosto? Revisa AQUÍ cómo puedes obtenerlos
Infórmate sobre cómo postular a estos bonos y obtener apoyo económico durante la cesantía.
Martes 6 de agosto de 2024 | 09:23
De acuerdo al informe del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la tasa de cesantía en Chile durante el trimestre abril – junio de 2024 se ubicó en 8,3%.
Es así como el gobierno ofrece una variedad de beneficios que proporcionan ayuda económica a las personas desempleadas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para poder recibir el monto correspondiente.
Si eres de los que se encuentran en situación de cesantía, hemos recopilado cuatro de los bonos puedes optar para aminorar tu carga econonómica.
Beneficios disponibles para cesantes 2024
1. Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio para los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que otorga un aporte monetario.
Los beneficiarios deben haber tenido un contrato laboral, ya que el dinero proviene de una parte de sus ingresos destinados a este seguro.
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Requisitos para ser beneficiaria/a del Seguro de Cesantía:
- Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
Para SOLICITAR el Seguro de Cesantía debes ingresar a webafiliados.afc.cl usando tu clave AFC o Clave Única.
Ver también: Bonos pendientes: Consulta con tu RUT si tienes beneficios por cobrar
2. Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario ofrece un aporte económico del Estado y del empleador a los cesantes que no tienen recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de quedar desempleados.
Requisitos para ser beneficiaria/a del Fondo de Cesantía Solidario:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato que haya terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Para POSTULAR al Fondo de Cesantía Solidario, debes ingresar a webafiliados.afc.cl usando tu clave AFC o Clave Única.
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3. Subsidio de cesantía
El Subsidio de Cesantía proporciona un apoyo económico a las personas desempleadas por un período máximo de 360 días.
Sin embargo, los beneficiarios deben tener en cuenta que este subsidio no es compatible con ninguna actividad remunerada. A
demás, el monto del subsidio se establece anualmente y varía dependiendo de la duración del período de cesantía del individuo.
Para ser beneficiario debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos firmados después de esta fecha, aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC).
Para SOLICITAR el Subsidio de Cesantía, el trámite debe hacerse ante la institución previsional que les corresponda (IPS o Caja de Compensación).
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4. Compensación por término de contrato
La compensación por término de contrato tiene le objetivo de reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Este acuerdo puede ser alcanzado con el empleador después del séptimo año de relación laboral con la empresa, buscando sustituir la indemnización legal, permitiendo así que los trabajadores puedan cobrarlo libremente, sin mayor problema.