¿Cuáles son las multas por incumplir la restricción vehicular?
Los conductores y conductoras que no respeten la medida impuesta por el gobierno se exponen a sanciones monetarias. El detalle a continuación.
Lunes 2 de mayo de 2022 | 11:09
Este lunes 2 de mayo comenzó a regir la restricción vehicular en la Región Metropolitana para vehículos catalíticos con fecha de inscripción previa al 1 de septiembre de 2011.
La medida, que se extenderá hasta el 31 de agosto, incluye dos dígitos diarios para los vehículos con sello verde, los que no podrán circular al interior del anillo Américo Vespucio.
La restricción rige de lunes a viernes entre las 07:30 y las 21:00 horas, con la posibilidad de aplicarse el fin de semana, dependiendo de si es que el Ministerio del Medio Ambiente decreta algún tipo de alerta.
¿Cuál es el calendario?
Vehículos con sello verde
Aquellos automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos antes del 1 de septiembre del año 2011, tendrán el siguiente calendario de restricción, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, al interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio:
- Lunes: 0-1
- Martes: 2-3
- Miércoles: 4-5
- Jueves: 6-7
- Viernes: 8-9
En el caso de las motocicletas inscritas con anterioridad al 1 de septiembre del 2010, la prohibición de circular al interior del anillo de Américo Vespucio, se aplicará de acuerdo al siguiente calendario:
- Lunes: 0-1
- Martes: 2-3
- Miércoles: 4-5
- Jueves: 6-7
- Viernes: 8-9
Vehículos sin sello verde
Por su parte, se prohíbe la circulación de automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, cualquiera sea su último dígito de su placa patente y, motocicletas y similares de años anteriores al 2002; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio.
En tanto, dentro de la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, regirá el siguiente calendario semanal:
- Lunes: 0-1-2-3
- Martes: 4-5-6-7
- Miércoles: 8-9-0-1
- Jueves: 2-3-4-5
- Viernes: 6-7-8-9
Dicho calendario de restricción también se aplica a buses de transporte privado, interurbanos y rurales sin sello verde, de lunes a viernes entre las 10 y 16 horas, y también a vehículos de carga sin sello verde entre las 10 y 18 horas.
Multas y sanciones
Recordemos que la ley faculta a Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales para fiscalizar a los conductores y conductoras.
En esa línea, en caso que una persona sea sorprendida transitando con restricción vehicular, será sometida a multas de entre 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $56.762 y $85.143, de acuerdo con el valor de la UTM a mayo de 2022.