Extienden Fogaes 2024 para primera vivienda: Hasta cuándo postular y cuáles son los requisitos
Se trata de un fondo de garantía estatal que permite al Estado actuar como aval para acceder a un crédito hipoecario con hasta un 90% de financiamiento.
Lunes 8 de julio de 2024 | 10:55
El gobierno extendió el Fondo de Garantía Estatal (Fogaes), cuyo objetivo es apoyar a las familias en la obtención de un crédito hipotecario para comprar su primera vivienda y, a la vez, reactivar el sector inmobiliario.
En términos simples, el Fogaes es un fondo de garantía estatal que permite al Estado actuar como aval para acceder a un crédito hipoecario con hasta un 90% de financiamiento.
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También, establece que las instituciones financieras puedan provisionar entre el 80% y 90% del valor de la casa con el mismo parámetro usado para el 80% del valor.
La cobertura del fondo para acceder a financiamiento para la vivienda podrá garantizar hasta el 10% de su valor.
¿Hasta cuándo se extendió el Fogaes?
El Fogaes 2024 se extendió hasta diciembre de 2024 y además recibió algunas actualizaciones, detalló el gobierno.
Entre las actualizaciones del beneficio está que se aumentó el patrimonio del Fogaes desde los 50 millones a los 208 millones de dólares y también:
- Se autoriza a las entidades mutuarias a otorgar créditos respaldados por este programa
- Se permite que el reglamento determine fórmulas para calcular el valor de la vivienda y otorgamiento
- Los créditos con garantía estatal celebrados entre la entrada en vigencia de la Ley y el 31 de diciembre de este año, que tengan como fin la adquisición de una vivienda, estarán exentos del impuesto al timbre y estampillas
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Instituciones financieras que gestionan Fogaes
El Fogaes se puede gestionar hasta diciembre de 2024 a través de instituciones financieras que son parte de la medida:
- BancoEstado
- Banco Internacional
- Scotiabank
- BCI
- Itaú Corpbanca
- Bice
- Santander
- Banco Falabella
- Cooperativa Coopeuch
Requisitos del Fogaes
Los requisitos para acceder al Fogaes, programa que aporta hasta un 10% del valor de la vivienda, son:
- El valor de la vivienda no puede superar las 4.500 UF
- Debe ser una persona natural
- No puede ser propietaria o propietario de inmueble con destino habitacional
- El crédito sólo debe ser para su primera vivienda
- No figurar en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que regula la ley 21.389
- No haber obtenido este beneficio con anterioridad (FOGAES Vivienda)
- No haber recibido algún subsidio habitacional o beneficios estatales para el financiamiento de una vivienda
Además, la garantía tiene una vigencia de 10 años a partir del otorgamiendo de este beneficio, independiente de los plazos del crédito.
En el caso de renegociaciones, se tomará en cuenta la fecha de la deuda original que fue garantizada.