Reglamento de grabado de patentes inicia hoy su implementación: ¿Cuáles son las especificaciones?

El Diario Oficial publicó este martes el reglamento que define la puesta en marcha de la Ley 21.601. Habrá un periodo de 12 meses para los que dueños de vehículos particulares realicen el grabado.

Martes 14 de mayo de 2024 | 16:26

Este martes comenzó la implementación del reglamento que define las características del grabado de patentes en vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados en nuestro país.

Con esta nueva normativa, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones busca disminuir la cantidad de delitos de robos de piezas y automóviles.

De acuerdo con la publicación en el Diario Oficial, habrá un periodo de 12 meses para que dueños de vehículos particulares puedan realizar el trámite. Además de 4 meses para quienes comercializan.

Ver también: Alerta de seguridad: Santander entregó 5 consejos para proteger tus datos tras filtración

Reglamento definió cantidad de vidrios grabados según tipo de vehículo

El reglamento establece que los vehículos motorizados que tengan más de seis vidrios, considerando la suma de los vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera, se deberán grabar como mínimo seis de ellos, considerango obligatoriamente el parabrisas y el restante de mayor superficie.

Para el caso de los vehículos motorizados que tengan seis o menos vidrios, se grabarán todos ellos. En tanto, los vehículos comercializados con anterioridad a la publicación del reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales ya se encuentren grabados, quedarán eximidos.

Los vehículos motorizados que tengan la obligación de pintar su placa patente única en puertas y/o techo, sólo deberán grabar las letras y dígitos de la placa patente única en el parabrisas y espejos laterales.

Ver también: Subsidio Habitacional DS1: ¿Cuándo comienza la postulaciones?

Especificaciones técnicas del grabado de patentes

El texto publicado esta jornada en el Diario Oficial define que las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben ser mayúsculas.

Las letras y dígitos en los espejos laterales deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. En cuanto a las letras, además, estas deben ser mayúsculas.

Además, indica que el grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de forma tal que no pueda ser borrado.