Subsidio Familiar: Revisa cómo acceder a este beneficio que no requiere postulación
Este aporte no requiere de postulación y va en ayuda de aquellos sectores que de acuerdo a sus condiciones no pueden mantener a su grupo familiar. Revisa los montos y requisitos acá.
Martes 15 de diciembre de 2020 | 13:27
El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio que está dirigido a personas de escasos recursos, que pertenezcan al 60% más vulnerable de la población nacional, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Este aporte no requiere de postulación y va en ayuda de aquellos sectores que de acuerdo a sus condiciones no pueden mantener a su grupo familiar.
¿Quiénes pueden cobrar este beneficio?
De acuerdo a las condiciones mencionadas, el aporte va dirigido a:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Embarazadas (como Subsidio Maternal).
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¿Bajo qué causales se entrega el Subsidio Familiar?
Este aporte está dirigido a causantes que tengan las siguientes condiciones:
- Los menores de hasta 6 años de edad, a quienes se acredite su asistencia a los programas de salud.
- Los menores de entre 6 y 18 años de edad que acrediten estudios regulares en los niveles de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.
- Las madres de menores que vivan a sus expensas por los cuales perciban subsidio familiar. En cuyo caso tendrá, además, la calidad de beneficiaria.
- Las mujeres embarazadas que acrediten dicha condición con un certificado de cinco meses de gestación.
- Las personas inválidas o con discapacidad mental, cualquiera sea su edad, que acrediten tal condición con un certificado de la COMPIN.
Además, las personas que reciban este beneficio podrán acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
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¿Cómo se solicita el beneficio?
Si bien el Subsidio Familiar no exige postulación, este debe solicitarse en la respectiva municipalidad.
En esta entidad se verifica la calidad de beneficiario de la persona y la existencia de los requisitos antes señalados mediante declaraciones, informes escritos u otras diligencias.
Tras cumplir los requisitos, el acalde respectivo deberá emitir una resolución fundada de reconocimiento, la que es inscrita en un registro especial y es enviada al Instituto de Previsión Social (IPS) para el pago del subsidio.
¿Cuál es el monto del Subsidio?
El monto del beneficio subió este 2020 a $13.041 por carga familiar, mientras que los recursos que soliciten los causantes con algún tipo de discapacidad es el doble. ($26.802).