“Estamos en presencia del que es el más significativo triunfo judicial para garantizar el acceso igualitario a la salud privada de las personas trans”, sostuvo Mónica Arias, abogada del afectado.
Como "histórico" catalogaron desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) el fallo realizado por la Corte Suprema, en el que se ordena a la Isapre Colmena Golden Cross a afiliar a una persona trans sin exigencias extra por su identidad sexual.
En detalle, la instancia acogió de manera unánime el recurso de protección interpuesto por el Movilh, tras votación de Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Pedro Pierry y Julio Pallavicini.
En concreto, se confirma la sentencia dictada originalmente el 6 de agosto por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
La Isapre apeló a la Suprema que la transexualidad era una enfermedad, por lo que se sentía “abusada” por el veredicto del fallo.
Lee también: Tras declaración de pandemia: Superintendencia aclara que Isapres no pueden excluir cobertura del Covid-19Tras la nueva resolución, Mónica Arias, representante del afectado, sostuvo que “estamos en presencia del que es el más significativo triunfo judicial para garantizar el acceso igualitario a la salud privada de las personas trans”.
Junto a lo anterior, destacó que “sin lugar a dudas ninguna Isapre podrá seguir discriminando por la identidad de género. Esto es gracias a la valentía de un joven, B.A., quien lejos de guardar silencio frente a los atropellos acudió a nosotros para la presentación de un recurso de protección”.
Cabe recordar que la Isapre le exigía declarar su identidad de generó como una enfermedad pre existente y le bajaron un 75% la cobertura.
Es por esto que en el fallo apuntan que la medida violaba la ley, que "establece -dentro de los principios relativos a la Ley de Identidad de Género- el de no patologización definido como el derecho de toda persona trans a no ser tratada como enferma”.
Lee también: Sernac anuncia que comenzó a regir el derecho a retracto en la educación superior: Revisa cómo aplicarloJunto a lo anterior, subrayaron que la persona trans “no padece ningún tipo de alteración en los mecanismos que funcionan para mantener vivo y en funcionamiento el cuerpo humano, resultado en consecuencia improcedente e infundada la decisión de la recurrida en orden a no otorgar derechamente la afiliación solicitada".
Es por esto que sentenciaron que “la situación de una persona transgénero, así, no es la de un paciente que sufre una enfermedad sino la de una persona que manifiesta una identidad distinta a su sexo biológico“.