Actualizan datos de las acreencias bancarias: ¿Cómo saber si tengo dinero por cobrar y cuál es el plazo? - Chilevisión
04/11/2022 11:06

Actualizan datos de las acreencias bancarias: ¿Cómo saber si tengo dinero por cobrar y cuál es el plazo?

La Comisión para el Mercado Financiera (CMF) publicó una actualización del listado de acreencias bancarias que están sujetas a caducidad, es decir, que pasarán a manos del fisco si es que no son reclamadas. Los detalles, a continuación.

Publicado por Sebastian Leyton

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó esta semana que actualizaron la información asociada al listado de las acreencias bancarias en los bancos, instituciones financieras y cooperativas de ahorro y crédito del país.

Las acreencias son dineros que el usuario no cobró por desconocimiento u olvido. Sin embargo, es importante solicitar dichos montos puesto que están sujetos a caducidad y después de un tiempo son enviados al fisco.

En esa misma línea, la CMF habilitó una herramienta en su sitio web acreencias.cmfchile.cl, la que permitirá al usuario revisar si tiene dinero por cobrar en alguna institución financiera.

Se trata de un sencillo buscador de acreencias bancarias y que funciona, simplemente, ingresando el nombre de la persona o empresa en cuestión.

¿Cómo saber si tengo dinero por cobrar?

Luego de ingresar a la página, aparecerá una barra en blanco donde se debe escribir el nombre o empresa que desea buscar.

Hecho el paso anterior, es necesario hacer clic en "buscar acreencias" y, a continuación, se desplegarán datos como nombre completo, banco, monto y año.

Buscador de acreencias bancarias en CMF.

¿Qué pasa si no cobro el dinero?

Los montos tienen una vigencia de tres años desde que fueron publicados en las listas por parte de los bancos y otras instituciones financieras.

En caso de que no sean cobrados, estas deberán otorgar la totalidad del dinero al fisco.

En ese sentido, la CMF remarcó que "en el mes de enero de cada año los bancos deben confeccionar una lista con las acreencias (depósitos, captaciones o cualquier otra acreencia a favor de terceros) que hayan cumplido dos años sin movimiento durante el curso del año calendario inmediatamente anterior".

Finalmente, la regla de caducidad no se aplica a los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática; a las boletas o depósitos de garantía; a las sumas recibidas por cheques viajeros, y en los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.

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