Ante este nuevo proceso de Declaración de Renta 2024 que comenzó el pasado lunes 1 de abril, el SII ofrece una serie de beneficios (seis en total), que están informados en su página web.
Este lunes 1 de abril, se inició por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) la Operación Renta 2024. En ese sentido, la fecha de pago dependerá de la devolución de impuestos de la fecha en que se haga la declaración, la cual se hace a través del sitio web del SII con la Clave Única o Tributaria.
Por segundo año consecutivo y como una forma de apoyar a quienes cumplen con su obligación oportunamente, se adelantó la devolución de impuestos para quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril, quienes recibirán el pago el 26 de dicho mes. El resto de las fechas las puedes conocer en el siguiente enlace.
Ante este nuevo proceso de Declaración de Renta 2024, el SII ofrece una serie de beneficios tributarios que están informados en su página web.
Es un beneficio que establece que por cada hija o hijo estudiando, las y los progenitores pueden acceder a una rebaja de los impuestos a pagar de hasta $161.873 (4,4 UF) en la Declaración de Renta (el monto se divide entre ambos), siempre que cumpla con los requisitos.
Cabe señalar que cada progenitor o progenitora puede decidir traspasar su porcentaje del beneficio al otro u otra, en un procedimiento llamado cesión del beneficio de Crédito por Gastos en Educación.
Requisitos: La suma anual de las rentas totales de las y los progenitores en conjunto NO puede ser superior a $29.137.173 (792 UF). Quien solicite el beneficio debe haber tenido una renta anual superior a $10.402.992, es decir, estar afecto a Impuesto Global Complementario.
Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2023, estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y contar con un mínimo de asistencia del 85%.
Es un beneficio que te permite rebajar de la renta bruta imponible anual, los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o más viviendas (nuevas o usadas), o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados.
El beneficio tiene un tope de $6.164.736 (8 UTA) y el monto de la rebaja dependerá de tu Renta Bruta Anual:
Haber adquirido una vivienda, nueva o usada, mediante un crédito hipotecario con garantía hipotecaria y estar pagando el crédito.
Al ingresar a declarar Renta, tu Propuesta de Declaración incorporará el monto del beneficio, ya que la información es proporcionada por tu banco o institución financiera.
Si como persona natural percibiste ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no agrícolas y no acogidas al DFL2, podrás descontar de tu Impuesto Global Complementario el Impuesto Territorial (contribuciones) que hayas pagado dentro del año.
A partir de la declaración de renta del año tributario 2024, podrás acceder a un nuevo asistente de arriendos, que facilitará la declaración de los ingresos y además realizará el cálculo del crédito por contribuciones (si corresponde).
Está dirigido a personas naturales que perciban ingresos o rentas a partir del arriendo de bienes raíces no agrícolas y no acogidos al DFL2, y que deban pagar Impuesto Global Complementario, IGC.
Requisitos
¿Cómo acceder?
Al presentar tu Declaración de Renta, debes completar la información en el código [1637], línea 39 del Formulario 22, correspondiente al monto a descontar del IGC.
Es para personas que trabajan de forma dependiente y tienen sueldo mensual variable, o personas que no percibieron ingresos en uno o más meses del año.
Al reliquidar, podrías obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que tu ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que tuviste ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que hubieras obtenido considerando la suma anual del total de tus rentas.
Tu propuesta de Declaración de Renta incorporará automáticamente la reliquidación, por lo que solo tienes que declarar.
Si percibiste rentas anuales mayores a $238.883.520 (310 UTA) y realizaste retiros u obtuviste dividendos por tu participación en sociedades, puedes aplicar un crédito del 5% por dichos retiros o dividendos, sobre la parte que exceda las 310 UTA.
Está dirigido a personas con retiros y dividendos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) y que tengan derecho a crédito (artículo 56 número 3 de la LIR), sujetos a la obligación de restitución.
Requisitos
Sus rentas deben exceder a $238.883.520 (310 UTA), según el valor al término del ejercicio.
¿Cómo acceder?
Al presentar tu Declaración de Renta, debes completar la información en el código [1636], línea 38.
Es un beneficio que permite que las personas que han solicitado un crédito con garantía hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional, accedan a una rebaja de los impuestos a pagar o una devolución si corresponde, por el monto pagado como dividendos. El beneficio estará disponible desde la Operación Renta 2024 y hasta 2029, exclusivamente.
¿Cuál es el monto al que se puede acceder?
Para esta Operación Renta, el monto del crédito corresponderá a los dividendos efectivamente pagados con tope de $1.027.456 (16 UTM a diciembre de 2023).
Considera que el monto de los dividendos solo comprende la amortización del capital e intereses, sin incluir otros recargos tales como seguros, comisiones u otro que se pacten.
¿A quién está dirigido?
Pueden acceder a este beneficio las personas naturales con residencia o domicilio en Chile que adquieran una vivienda y cumplan con las características y condiciones que establece la Ley N°21.631.
Requisitos
¿Cómo se solicita?
Para solicitar el beneficio, si cumples los requisitos, al realizar tu declaración de Renta anual en abril el monto del crédito a solicitar se incorporará automáticamente en la propuesta de Renta, en base a la información proporcionada al Servicio por bancos e instituciones financieras.
Sin perjuicio de ello, puedes solicitar el beneficio incorporando el monto en tu Formulario 22, si cumple los requisitos establecidos en la Ley, aun cuando no se haya incorporado automáticamente en tu propuesta.