Ni cónyugues ni parientes hasta tercer grado de militares podrán ingresar a desempeñar funciones a las FF.AA.
La Contraloría estableció a través de un dictamen que el cónyuge y familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con oficiales de alto rango no podrán ingresar desempeñar funciones en instituciones castrenses.
01/10/2019