Conoce la nueva definición de trabajador esencial y los cambios en el Permiso Único Colectivo
Entre las nuevas medidas que endurecen el Plan Paso a Paso, ante los preocupante indicadores del COVID-19 en Chile, la subsecretaria Martorell informó que desde el lunes se aplicarán cambios al protocolo para que trabajadores puedan desplazarse en cuarentena.
Jueves 1 de abril de 2021 | 13:55
En el balance realizado por el Ministerio de Salud (Minsal), se anunciaron nuevas medidas de limitación de desplazamiento para el país, especialmente para las comunas y regiones que se encuentran en Fase 1 de cuarentena, las que buscan poder controlar las preocupantes cifras del COVID-19.
Entre las medidas que vuelven más estricto el Plan Paso a Paso se encuentran el adelanto del toque de queda, nueva modalidad para solicitar el permiso único de desplazamiento, el cierre de fronteras por abril y el inicio del cordón sanitario que comienza este jueves.
Y otra de las novedades que comunicó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, está vinculada a la solicitud del Permiso Único Colectivo y una nueva tipificación de lo que se considera un trabajador esencial.
De acuerdo a la autoridad, se pretende delimitar el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos. Esto entrará en vigencia el lunes 5 de abril desde las 05:00 horas.
Lo anterior, para reducir la movilidad en cuarentena y poder controlar los indicadores, para ello:
1. Se incorporará dentro de las definiciones del Plan Paso a Paso el alcance o definición de trabajador esencial o imprescindible:
- “Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización".
- "Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga”.
2. Se incorporará al Permiso Único Colectivo (PUC) la obligatoriedad de informar:
- El total de trabajadores de la empresa (contratados o que prestan servicios a esta).
- El número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales y para los cuales se las solicita PUC.
- La labor del trabajador considerado esencial y para el que se solicita permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).