La iniciativa busca que el comercio en general cuente con sistemas de atención preferencial para adultos mayores, embarazadas y personas en situación de discapacidad. De promulgarse la ley, los lugares que presenten un aforo igual o superior a 10 personas deberán apegarse a la norma.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despacho al Senado el proyecto de ley que busca obligar al comercio a entregar una atención preferencial a los adultos mayores, embarazadas, lactantes con sus bebés y personas en situación de discapacidad.
Si bien ya existe una promulgación al respecto, que fue publicada en el Diario Oficial el 22 de julio de 2019, aquella solo hace alusión al acceso preferencial de los adultos mayores en los recintos y procedimientos de salud.
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La actual iniciativa apunta a universalizar aún más la normativa vigente y pretende extender el beneficio para obligar a los proveedores de bienes y servicios, es decir, al comercio, a contar con sistemas de atención preferencial.
Lo que establece la norma es que “las personas adultas mayores, personas con discapacidad, embarazadas y personas acompañadas de lactantes tendrán derecho a que se les otorgue una atención preferente por parte de proveedores de bienes y servicios en los locales de atención al público”.
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También hace expreso que se les provea de organismo preferentes en relación a atención al cliente y post venta, ya sea de manera presencial o remota.
Si la ley entra en vigencia, los lugares que cuenten con un aforo igual o superior a 10 personas deberán hacerse parte de la regla. Sin embargo, la iniciativa excluye a proveedores microempresariales.
Todo quedaría tipificado a través de un artículo transitorio que obliga a crear un reglamento para consagrar el derecho estipulado. Dicho documento será elaborado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y por el de Economía, Fomento y Turismo.